“Esta agencia judicial ORDENA que mientras se tramita la presente acción constitucional, el señor GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO deberá abstenerse de utilizar los recursos, bienes, canales, escenarios y plataformas vinculados a su investidura y al ejercicio de sus funciones, incluidas las alocuciones oficiales, los eventos públicos convocados o atendidos en su calidad de Presidente de la República, los escenarios nacionales e internacionales a los que accede por razón del cargo y la cuenta
@petrogustavo en cuanto instrumento de ejercicio de la función pública para difundir propaganda electoral o mensajes dirigidos a favorecer o desfavorecer, directa o indirectamente, a cualquiera de los candidatos a la Presidencia de la República”, dice un aparte de la decisión judicial.
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Finalmente, recalca que esta decisión debe ser acatada por el primer mandatario, so pena de ser sancionado por desacato. También le solicitó al mandatario manifestar si su cuenta de X “es utilizada para la comunicación de actos y decisiones oficiales del Gobierno”.
El juzgado de Medellín recuerda que el Consejo de Estado ya le había advertido al presidente el pasado 28 de mayo de 2026: “Se abstenga en lo sucesivo de difundir propaganda electoral a favor o en contra de cualquier partido, agrupación o movimiento político, a través de publicaciones, estaciones oficiales de televisión y de radio o imprenta pública”.
Gustavo Petro no podrá utilizar X ni canales oficiales para hacer campaña politics
La medida fue impuesta por Juzgado Veintinueve Laboral del Circuito de Medellín.
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