📌 Respuesta a los argumentos sobre el IX Curso de la
#Convocatoria27
1/
Se dice que solo universidades acreditadas podían ejecutar el curso de la
#Convocatoria27. 🚫 Falso.
La UPTC, como parte de la Unión Temporal, cumplió con el requisito académico. El socio privado aportó capacidad técnica y logística. ✅
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2/
Confunden cesión con subcontratación. 📑
El contrato de la
#Convocatoria27 nunca se transfirió. Lo que hubo fueron contratos de apoyo técnico, permitidos en la ejecución estatal. No es lo mismo ceder que subcontratar. ⚖️
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3/
Dicen que Etraining no es universidad y por tanto no podía ejecutar.
El requisito de idoneidad recae en la Unión Temporal, no en cada subcontratista. La universidad acredita; terceros apoyan con tecnología y virtualización.
#Convocatoria27
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4/
Se habla de un supuesto conflicto de interés por vínculos laborales.
Sin prueba de que afectara la transparencia, no hay irregularidad jurídica. No todo nexo contractual es un conflicto sancionable.
#Convocatoria27 ⚖️
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5/
Que el contrato pasara de $14.600 a $25.000 millones no prueba corrupción.
Son adiciones contractuales justificadas: más participantes, ajustes tecnológicos y extensión de actividades formativas.
#Convocatoria27
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6/
La nota publicada mezcla especulación y retórica, no pruebas de órganos de control.
Confunde idoneidad académica con ejecución logística y presenta opiniones como hechos.
#Convocatoria27
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7/
La discusión debe darse con rigor jurídico, no con acusaciones basadas en inferencias.
Defender el mérito y la transparencia exige argumentos sólidos, no retórica vacía.
#Convocatoria27 ⚖️
#PorMeritoNoPalanca
#JuecesPorMeritoYa
#NoesunCaprichoEsunDerecho
En este escrito ponemos de presente las múltiples irregularidades que se han presentado en el ‘IX Curso de formación judicial inicial’ de dicha convocatoria.
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