Santiago, con todo respeto.
1. La jornada máxima diaria en España es de 9 horas, no de 12, y la distribución irregular del 34.2 no puede superar el 10% de la jornada anual, preavisando con 7 días de antelación.
2. Las indemnizaciones de España incumplen la Carta Social Europea
Ministro, con todo respeto, punto por punto:
▪️ «Aumenta la jornada a 12 horas»: Falso. La jornada sigue siendo de 48h semanales. Lo que permite es redistribuir horas dentro de la semana, algo que ya existe en España (art. 34.2 ET).
▪️ «Reduce la indemnización por despido»: Falso. Se mantiene la indemnización clásica y se introduce como alternativa voluntaria un Fondo de Cese (mochila austriaca), propuesto en España por el Banco de España, FEDEA, la Comisión Europea e incluido en la reforma laboral de Zapatero de 2010 (al final no se llegó a aplicar).
▪️ «Prioriza convenios de empresa»: En España, la reforma laboral de 2012 del PP ya otorgó prioridad aplicativa al convenio de empresa (art. 84.2 ET). Sigue vigente.
▪️ Lo que no menciona: Argentina tiene un 43% de informalidad laboral. Cuatro de cada diez trabajadores sin cotización, sin protección, sin derechos. Eso sí es precarización, y es el resultado del sistema que usted defiende mantener.
El debate es legítimo. Los bulos desde un ministerio, no.