En otras palabras, las sentencias declarativas y no impositivas o coercitivas, atienden a la visión de que “la esencia del Derecho, tanto nacional como internacional, radica en su fuerza persuasiva”.
Así, pese a que la sentencia o reparación judicial no esté acompañada de una condena o coacción en caso de incumplimiento, las razones judiciales brindan la posibilidad de persuadir a los otros poderes de determinar, por sí mismos, cómo proceder ante la evidencia de la emisión de una ley que ha resultado inconstitucional.