🚨 El escenario de acabar la JEP presenta varias dificultades jurídicas que quiero compartir:
1. Las víctimas se verían afectadas y, tras el desgaste dialógico, se sentirían revictimizadas por el mismo Estado ante la ausencia de fallos de justicia, reparación y verdad. Se debe modificar esto y permitir el ingreso de todas las víctimas, incluidas las de las FARC y miembros de la fuerza pública. En la JEP se les ha dado trato diferenciado (nivel -2), y existen pruebas de esa discriminación.
2. Una gran mayoría de magistrados de todas las salas y secciones tienen serios sesgos ideológicos. Pertenecieron a ONG que vivían de demandar al Estado y en sus escritos, libros e investigaciones solo atacaron a la fuerza pública. Fueron tentados por las FARC o se postularon con apoyo de ONG de sesgo ideológico, aplicando el derecho penal del “enemigo”. La solución es modificar la estructura de la JEP: crear una sala para miembros de la fuerza pública y terceros, y dos secciones de revisión en el Tribunal que aseguren doble conformidad con togados imparciales y equilibrados que no deban declararse impedidos por sesgos. Deben demostrar experiencia (no solo títulos en justicia transicional) y certificar conocimiento en DIH, DOPER y uso de la fuerza. Urge transparencia.
3. La Procuraduría General de la Nación debe revisar las actuaciones de sus delegados en los procesos, verificar idoneidad, funciones constitucionales y nombrar en propiedad al delegado de la JEP. Observando a algunos procuradores, brillan por su ausencia o actúan como comité de aplausos de los funcionarios de la JEP. Revisar sus actuaciones, conocimiento de DIH y DOPER, y sus funciones es urgente y democrático.
4. Conociendo y respetando a magistrados, fiscales e investigadores desde las aulas, la academia, foros de DIH, capacitaciones en Costa Rica (sistema interamericano) o San Remo, Italia, e incluso debates sobre la creación del sistema en La Habana y Colombia (tema en el que trabajé), hoy puedo decir que lo prometido y pactado difiere diametralmente de su implementación. Esto se debe subsanar dejando de aplicar estándares de derecho penal ordinario colombiano o de tribunales especiales (Tokio, Núremberg, Sierra Leona, Timor Oriental, Ruanda, Antigua Yugoslavia). Hay que pasar a decisiones de justicia transicional basadas en verdad, justicia y reparación como garantía de no repetición. Allí está el lío. La JEP solo se justifica si se logra la no repetición. Hoy, con las FARC, ¿vale la pena sostener el modelo? Sí, solo si se concreta la paz y las FARC se desmovilizan. Hoy no ha pasado. Urge someterlas militarmente para alcanzar la paz, pero las actuaciones de algunos en la JEP y la ausencia de garantías jurídicas frenan paradójicamente el ímpetu requerido. Urgen soluciones.
5. Creo en varios magistrados y confío plenamente en la Fiscalía de la JEP. A su director lo sigo desde su rol como fiscal 975 y es de los que mejor comprende la justicia transicional (“es para cerrar heridas, no para acrecentarlas”, dijo en una conferencia). Lástima que desde el órgano de gobierno hayan intentado reducir su competencia y entorpecer su gestión. Es vertical, ajeno a egos y vanidades, y enemigo de los micrófonos (esencial). Mucho tendrá que decir el viejo fiscal sobre cómo hacer funcionar una verdadera JEP, simétrica y diferenciada, y cómo evitar que se active la competencia de la Corte Penal Internacional (el Estado no quiso o no pudo juzgar crímenes de guerra o de lesa humanidad).
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