Inminente prórroga de nuevos obligados a facturar desde el 01/07/2026
✅ Directores societarios
✅ Abogados y Peritos que perciban honorarios y retribuciones vía judicial
✅ Emisoras y administradoras de tarjetas de crédito y/o compra, prepagas y de pago
✅ Instituciones educativas privadas
✅ Medicina prepaga (importe no cubierto por aportes).
Peeeroooo también están como locos:
1️⃣ Nuevos comprobantes
📄 Liquidación electrónica mensual
👥 Sujetos: Entidades financieras, Seguros, Tarjetas de crédito, débito y pagos, Instituciones educativas privadas y medicina prepaga
🔎 Facturación individual o un único comprobante electrónico: mensual por cliente.
2️⃣ Puntos de venta
📅 Plazos de alta y baja
🔗 Vinculación obligatoria al sistema de facturación (actividad por punto de venta)
🆕 Vinculación opcional a actividad económica declarada en Sistema Registral
3️⃣ Identificación del consumidor final
💰 Operación ≥ $10.000.000 → DNI / CUIL / CDI (o pasaporte).
🧾 Siempre que el adquirente requiera deducción en Ganancias (por ej. Régimen Simplificado Ley 27.799) → CUIT obligatoria sin considerar monto.
Requerimos a ARCA aplazar la entrada en vigencia de las modificaciones establecidas por la RG 5824, que comenzarán a regir a partir del 1/7.
Esto se debe a que la fecha de implementación se superpone con el cronograma de vencimientos de impuestos anuales, presentaciones de balances y actualización de sistemas de liquidación, motivos que dificultarían su aplicación en tiempo y forma.
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