🔴¿Cómo se acredita el domicilio fiscal del contribuyente?
Cuando el aviso de cambio de domicilio se realiza a través del portal del SAT, no es necesario presentar documentos para acreditar el domicilio. Esto se debe a que, durante el trámite de la firma electrónica (e.firma), la autoridad ya verificó previamente el domicilio fiscal registrado.
Sin embargo, si al finalizar la captura de la información el sistema indica que el contribuyente debe acudir a una oficina del SAT para concluir el trámite, entonces sí será necesario presentar documentación física para acreditar el domicilio. En ese caso, deberá exhibirse:
•Comprobante de domicilio (original)
•Identificación oficial vigente del contribuyente o de su representante legal (original)
•En caso de actuar un representante legal: copia certificada del instrumento público que acredite la representación
Esto conforme a la Ficha de trámite 77/CFF del Anexo 1-A de la RMISC.