#RACING NO DEBERÍA INDEMNIZAR A COSTAS Y YA PODRÍA CONTRATAR UN NUEVO ENTRENADOR 💣
El club respondió el telegrama enviado por el DT y fundamentó su desvinculación, amparándose en el artículo 10, inciso L, del Convenio Colectivo de Trabajo 662/13 para entrenadores de fútbol, que menciona:
✅ "habiendo transcurrido un mínimo de seis meses desde la firma, los clubes podrán rescindir el contrato individual de trabajo con el director técnico, sin más obligaciones (...) a la finalización de cada torneo cuando se encuentre al día en el pago de las obligaciones contraídas en el contrato (...)."