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Al cierre de este día, una reflexión que vale para cualquier contribuyente: la autoridad fiscal también comete errores de fundamentación, y el derecho prevé consecuencias cuando eso ocurre. ⚖️ La Sala Regional en San Luis Potosí del Tribunal Federal de Justicia Administrativa anuló una multa de 18,360 pesos impuesta por no presentar la declaración de IVA de junio 2025 por medios electrónicos. La razón: la Secretaría de Finanzas citó el artículo 41 del Código Fiscal de la Federación, que regula presentaciones físicas ante oficinas, cuando el precepto aplicable era el artículo 31, que regula declaraciones electrónicas. Fundamento de la nulidad: artículo 16 constitucional, 38 fracción IV del Código Fiscal de la Federación y 51 fracción IV de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Expediente 2149/25-25-01-5. La sentencia está disponible en academiadeamparo.com #DerechoFiscal #NulidadFiscal #MultaFiscal #IVA #DefensaFiscal #CodigoFiscal #TFJA #academiadeamparo
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La moraleja de hoy: la autoridad también se equivoca, y cuando lo hace, el derecho tiene consecuencias. ⚖️ Una autoridad fiscal impuso una multa de 18,360 pesos citando normas que regulan presentación física de declaraciones, cuando la obligación imputada era electrónica. El Tribunal Federal de Justicia Administrativa anuló la resolución porque no hubo correspondencia entre los hechos y los fundamentos legales invocados. La lección práctica es clara: revisar el fundamento legal de cualquier multa o crédito fiscal no es un formalismo, es el primer paso de la defensa. Un artículo incorrecto puede ser la diferencia entre pagar y no pagar. Artículos clave: 16 constitucional, 31 y 38 fracción IV del Código Fiscal de la Federación, 51 fracción IV de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Expediente 2149/25-25-01-5. Sala Regional en San Luis Potosí. #DerechoFiscal #NulidadFiscal #MultaFiscal #DefensaFiscal #IVA #TFJA #CodigoFiscal #academiadeamparo
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Una multa de 18,360 pesos quedó en cero. El motivo: la autoridad citó el artículo equivocado. ⚖️ Un contribuyente fue sancionado por no presentar su declaración de IVA de junio 2025 por medios electrónicos. La Secretaría de Finanzas de San Luis Potosí fundamentó la multa en el artículo 41 del Código Fiscal de la Federación, que regula requerimientos físicos ante oficinas, no declaraciones electrónicas. El artículo aplicable era el 31 del mismo ordenamiento. La Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad. Fundamento: artículos 16 constitucional, 38 fracción IV del Código Fiscal de la Federación y 51 fracción IV de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. En materia fiscal, citar el artículo incorrecto no es un defecto menor. Es una causa de nulidad. Expediente 2149/25-25-01-5. Sala Regional en San Luis Potosí. #DerechoFiscal #NulidadFiscal #MultaFiscal #IVA #CodigoFiscal #TFJA #DefensaFiscal #academiadeamparo
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⚖️ Multa de 1.3 millones por antilavado: la autoridad no respondió el recurso y el contribuyente ganó el acceso al tribunal. La Administración Central de Fiscalización Estratégica emitió la resolución 500-05-2025-5928, imponiendo una multa de 1,303,176 pesos por incumplimientos a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. El contribuyente interpuso recurso de revocación. La autoridad guardó silencio. Ese silencio es una resolución confirmativa ficta impugnable directamente ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, conforme al artículo 1, párrafo segundo, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. La Primera Sala Regional en el Estado de México I tramitó el juicio ordinario hasta sentencia. El silencio administrativo no extingue derechos: los activa. Expediente 1590/25-11-01-4 | Primera Sala Regional en el Estado de México I #DerechoFiscal #TFJA #AntiLavado #LFPIORPI #MultaFiscal #ActividadesVulnerables #NulidadFiscal #SAT
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Al final del día, este caso nos recuerda algo fundamental: la autoridad fiscal tiene la obligación de explicar con precisión por qué te sanciona, no solo citar artículos. ⚖️ Una empresa en Jalisco recibió una multa de 22,400 pesos del Servicio de Administración Tributaria por no entregar documentación solicitada durante una revisión. La autoridad invocó el artículo 40, fracción II del Código Fiscal de la Federación (impedir facultades de comprobación) y el artículo 85, fracción I del mismo ordenamiento. El error: nunca acreditó que no entregar documentos equivalía a impedir la revisión. Son supuestos distintos y la diferencia importa. La Segunda Sala Regional en Jalisco del Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad de la multa por violación al principio de tipicidad, respaldándose en la jurisprudencia P./J. 100/2006 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Conclusión: conocer tus derechos marca la diferencia entre pagar una multa injusta o impugnarla con éxito. Expediente 8807/25-07-02-9, Segunda Sala Regional en Jalisco. #DerechoFiscal #MultaFiscal #Nulidad #PrincipioDeTypicidad #CodigoFiscalDeLaFederacion #TribunalFederalDeJusticiaAdministrativa #FacultadesDeComprobacion #AcademiaDeAmparo
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La moraleja de hoy: que te citen un artículo no significa que te lo estén aplicando bien. Una empresa recibió una multa de 22,400 pesos del Servicio de Administración Tributaria por no entregar documentos solicitados en una revisión. La autoridad citó artículos del Código Fiscal de la Federación que hablan de impedir facultades de comprobación. Pero hay un detalle enorme: no proporcionar un documento no es lo mismo que impedir una revisión, y la autoridad nunca explicó esa diferencia. El Tribunal Federal de Justicia Administrativa en Jalisco aplicó el principio de tipicidad: la conducta imputada debe encuadrar de forma exacta en el tipo infractor. Si no encuadra, no hay infracción válida. La multa quedó anulada. Lo que debes aprender: cuando recibas una multa, revisa que la conducta que te imputan corresponda exactamente al artículo que citan. Si hay desconexión, tienes argumentos para impugnarla. Expediente 8807/25-07-02-9, Segunda Sala Regional en Jalisco. #DerechoFiscal #MultaFiscal #PrincipioDeTypicidad #Nulidad #CodigoFiscalDeLaFederacion #TribunalFiscal #DerechosDelContribuyente #AcademiaDeAmparo
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La autoridad fiscal no puede multar con artículos que no corresponden a tu conducta. ⚖️ Caso real: el Servicio de Administración Tributaria impuso una multa de 22,400 pesos a una empresa en Jalisco por no entregar documentación solicitada durante facultades de comprobación. La autoridad invocó el artículo 40, fracción II del Código Fiscal de la Federación (medida de apremio por impedir facultades) y el artículo 85, fracción I del mismo ordenamiento (infracción por no suministrar información). El problema: nunca explicó cómo la omisión documental se convirtió en un impedimento real al ejercicio de sus facultades. La Segunda Sala Regional en Jalisco del Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad. Fundamento: violación al principio de tipicidad, respaldado por la jurisprudencia P./J. 100/2006 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Citar artículos no es suficiente. La autoridad debe demostrar que tu conducta encuadra perfectamente en el tipo infractor. Expediente 8807/25-07-02-9, Segunda Sala Regional en Jalisco. #DerechoFiscal #MultaFiscal #Nulidad #CodigoFiscalDeLaFederacion #TribunalFederalDeJusticiaAdministrativa #PrincipioDeTypicidad #DerechosDelContribuyente #AcademiaDeAmparo
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Te multaron $22,400 por "no entregar documentos"... pero SÍ los entregaste parcialmente. El Art. 85 fr. I del CFF castiga NO entregar. Pero entregar de forma PARCIAL no está previsto como infracción. El TFJA anuló la multa por violar el principio de TIPICIDAD: si tu conducta no encuadra EXACTO en la norma, no te pueden sancionar. Lección: las multas fiscales son de aplicación ESTRICTA. No se pueden ampliar por analogía. Expediente 2325/25-11-02-7 | TFJA | 27 feb 2026 #DerechoFiscal #TFJA #CódigoFiscal #Tipicidad #MultaFiscal #Nulidad #AcademiadeAmparo #DerechoTributario #SAT #Contribuyentes #FacultadesDeComprobación #Art85CFF #DefensaFiscal #AbogadoFiscalista #JusticiaFiscal
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Te multaron $22,400 por "no entregar documentos"... pero SÍ los entregaste parcialmente. ¿Sabías que el Art. 85 fracción I del CFF NO prevé sanción por entrega PARCIAL de documentos? La autoridad fiscal del Edo. de México multó a una empresa por "no proporcionar información solicitada". Pero el Tribunal descubrió algo clave: ✅ La empresa SÍ entregó parte de los documentos ✅ El Art. 85 fr. I solo sanciona la OMISIÓN TOTAL, no la parcial ✅ La autoridad aplicó la sanción por ANALOGÍA, lo cual es ilegal ✅ Se violó el principio de TIPICIDAD: nulla poena sine lege Resultado: NULIDAD LISA Y LLANA de la multa de $22,400. Expediente 2325/25-11-02-7 | TFJA | 27 feb 2026 #DerechoFiscal #TFJA #CódigoFiscal #Tipicidad #MultaFiscal #Nulidad #AcademiadeAmparo #DerechoTributario #SAT #Contribuyentes #FacultadesDeComprobación #Art85CFF #DefensaFiscal #AbogadoFiscalista #JusticiaFiscal
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🚨 Recebeu multa por omissão de receita? Entenda seus direitos e como recorrer com segurança jurídica! 🧾 mantoanadvogados.com.br/blog… #DireitoTributário #MultaFiscal #Empreendedor #OmissãoDeReceita #DefesaFiscal #IRPJ #LucroPresumido #Fiscalização

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3 Jun 2024
⚠️📝 No presentar declaraciones fiscales puede restringir tus CSD. Conoce más detalles aquí 👉 ow.ly/xsQh30sCVlh #CSD #MultaFiscal #OmisiónFiscal
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21 May 2024
🚫📄 Omitir una declaración provisional puede restringir tus CSD. Descubre cómo evitar esta multa 👉 ow.ly/kMHx30sCyPs #MultaFiscal #CSD #DeclaraciónProvisional
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7 Sep 2022
#SATMexico anuncia facilidad administrativa para reducción de multas fiscales. Conoce los requisitos para poder ser sujeto a dicho beneficio. #SolestraMX #MultaFiscal #Fiscal
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