La ley, en varias áreas desde 1978 hasta 2005 y 2015, prohíbe a altos cargos quedarse con obsequios que superen los usos habituales de cortesía. Todos los de mayor valor y significación deben incorporarse al patrimonio del Estado.
El Código Penal sanciona la recepción de dádivas, regalos o ventajas en relación con decisiones públicas.
La ley 33/2003 del Patrimonio de las Administraciones Públicas dice que los bienes recibidos por razón del cargo son patrimonio público, no del alto cargo, y deben incorporarse al patrimonio del Estado si tienen relevancia económica e institucional.
Ley 2005: Obligación de rechazar cualquier regalo, favor o servicio que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía.
Toda la práctica administrativa y la doctrina de la Oficina de Conflictos de Intereses dice que los regalos relevantes por razón del cargo deben rechazarse si exceden los usos de cortesía, o incorporarse al patrimonio público.
Y ustedes lo saben.