Desde el sur de la CDMX. Si no me sigues, te caerá el SATánico.

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El trabajo duro siempre supera al talento cuando el talento piensa que es demasiado bueno para trabajar duro. Tener talento puede ser una bendición, pero también puede ser una maldición. Pensar que no necesitas trabajar duro, es un tremendo error cuando el hambre se acaba.
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Mis contas, mucho ojo con el #REPSE. En días recientes se publicaron cambios importantes para simplificar el trámite de registro de prestadoras de servicios especializados u obras especializadas ante la #STPS. Pero no se confundan: El REPSE no desapareció. La obligación sigue viva. Lo que cambió fue principalmente la forma de tramitarlo, los requisitos y los tiempos de respuesta. Dentro de los principales cambios está que se reducen los tiempos de resolución: Para empresas de hasta 10 trabajadores, la autoridad podrá resolver en 5 días hábiles. Para empresas con más de 10 trabajadores, el plazo será de 15 días hábiles. Además, para contribuyentes con hasta 10 trabajadores se eliminan varios documentos que antes podían complicar el trámite, como comprobante de domicilio, registro patronal, SUA, nómina, identificación oficial y poder notarial. Esto no significa que cualquiera pueda registrarse sin cumplir. La autoridad seguirá revisando que el objeto social, la actividad económica y el servicio especializado tengan lógica entre sí. Sí hay simplificación administrativa, pero sigue siendo indispensable cuidar la materialidad, el objeto social, los contratos, la actividad real y la evidencia del servicio prestado. Así que si tu empresa presta servicios especializados, no lo dejes al último. Revisa tu registro, tus actividades autorizadas y la vigencia de tu #REPSE. En temas laborales y fiscales, más vale prevenir que corregir cuando ya llegó la autoridad. Más contenido aquí mero linktr.ee/ElContaConta
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Yo mero esperando a que comience el mundial.
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Mis contas, mucho ojo con el artículo 49 Bis del Código Fiscal de la Federación, porque no estamos hablando de una simple revisión de papeles. Aquí el #SAT puede actuar cuando presume que un contribuyente está emitiendo #CFDI falsos. Y esto es delicado porque, desde que te notifican la orden de visita, la autoridad puede suspenderte la emisión de facturas. Sí, así como lo lees: Puedes quedarte sin facturar mientras el SAT revisa si realmente hiciste lo que dicen tus comprobantes. Esto puede pasar cuando una empresa factura servicios o productos, pero aparentemente no tiene trabajadores, oficina real, maquinaria, herramientas, inventario, gastos relacionados con su actividad o evidencia de que prestó el servicio. En pocas palabras: Si facturas algo, debes poder demostrar que realmente pasó. Porque en temas de #Impuestos y #Fiscal, la factura por sí sola ya no basta. A eso se le llama #Materialidad. Es decir, demostrar que detrás de la factura hubo una operación real. Por ejemplo, si facturaste un servicio, deberías poder relacionar ese CFDI con un contrato, una orden de compra, reportes, fotografías, pagos, estados de cuenta, evidencia del personal que participó y entregables reales. No se trata de juntar papeles por juntar papeles. Se trata de que todo tenga lógica. La defensa correcta es explicar: “Esta factura corresponde a este cliente, este contrato, este servicio, este entregable, esta evidencia y este pago”. Ahí está la diferencia entre una defensa débil y una defensa ordenada ante el #SAT. Y ojo, porque el procedimiento del artículo 49 Bis del #CFF es rápido. El contribuyente tiene poco tiempo para defenderse y aportar pruebas. Si no logra demostrar que las operaciones fueron reales, el SAT puede determinar que los CFDI son falsos. ¿Y qué puede pasar después? Te pueden cancelar los sellos. Te pueden publicar en el portal del SAT y en el DOF. Las operaciones pueden perder efectos fiscales. Tus clientes pueden tener que corregir declaraciones. Puede haber ISR, IVA, actualización, recargos y multas. Y en casos graves, también puede existir riesgo penal. Por eso este tema no solo afecta al que emite la factura. También le puede pegar al cliente que la dedujo o acreditó el IVA. Cada operación importante debe tener soporte desde el inicio. Factura sí. Pero también contrato, pagos, evidencia, entregables, trazabilidad y sustancia real. Porque hoy, la verdadera pregunta es: ¿Puedes probar que lo facturado sí ocurrió? Para más temas fiscales explicados en español normal, sígueme en mis redes: linktr.ee/ElContaConta#ElContaConta #Contadores #Contabilidad #SAT #CFDI #CFF #Impuestos #Mexico #PersonasMorales #Fiscalistas
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Mi red flag más grande? Creer que la página del SAT va a funcionar cuando quiero.
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¿El Infonavit te puede quitar tu casa si dejas de pagar? Sí… pero no como te lo cuentan en Facebook. A ver, mis contas: no te van a sacar de tu casa por atrasarte un mes ni por quedarte sin trabajo. El problema con un #CréditoInfonavit empieza cuando pasan los meses, no pagas, no avisas, ignoras notificaciones y haces como que la deuda no existe. Antes de llegar a juicio, el #Infonavit normalmente busca opciones para que regularices: prórrogas, convenios, reestructuras, seguro de desempleo o apoyos para que no pierdas tu patrimonio. Pero ojo: si te escondes, abandonas la vivienda o nunca buscas una solución, ahí sí el tema puede ponerse serio. En casos extremos, la recuperación de la casa puede llegar por la vía legal. La regla de oro en temas de #Vivienda es esta: Si no puedes pagar, no te desaparezcas. Entra a Mi Cuenta Infonavit, revisa tus opciones y pide apoyo antes de que el atraso se convierta en una bronca mayor. Y por amor a tu cartera: no le pagues a coyotes, gestores mágicos ni “licenciados” de Facebook que prometen salvarte la casa por depósito adelantado. En estos temas de #FinanzasPersonales, la desinformación sale carísima. Sígueme en mis redes, mi conta. Ahí hablamos de impuestos, créditos, dinero y broncas reales explicadas en cristiano: linktr.ee/ElContaConta
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Hagan sus preguntas, mis contas ngl.link/asientoscontables
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Primero que nada, feliz día del contador.
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#Mayo no solo trae calor, lluvias raras y ganas de vacaciones. También es el mes en el que muchos trabajadores esperan un dinerito extra: el reparto de utilidades, mejor conocido como PTU. Y sí, mi conta, este tema de #PTU y #RepartoDeUtilidades no es cualquier cosa. Ojo con esto: -La PTU no es un regalo del patrón. -No es un bono. -No es “a ver si la empresa quiere” Es un derecho laboral. Así como lo oye: cuando hablamos de #DerechosLaborales en México, las utilidades tienen un lugar muy importante. En palabras simples, la PTU significa que si la empresa donde trabajaste tuvo ganancias el año pasado, una parte de esas ganancias se debe repartir entre los trabajadores. Para muchas personas, ese dinero sirve para pagar deudas, cubrir gastos pendientes, comprar algo necesario o simplemente respirar un poco más tranquilo. Por eso, cada año este tema se vuelve tendencia entre trabajadores, patrones, contadores y todo el mundo fiscal. #Mexico #Trabajo Pero aquí viene lo importante: No todos reciben utilidades en la misma fecha. Depende de quién te contrató. Si trabajaste para una empresa, es decir, una persona moral, el pago de utilidades debe hacerse del 1 de abril al 30 de mayo. Pero si trabajaste para una persona física con actividad empresarial, el plazo es diferente: va del 1 de mayo al 29 de junio. ¿Por qué cambia la fecha? Porque primero el patrón presenta su declaración anual ante el SAT. Después de eso, tiene un plazo para repartir las utilidades, si es que hubo ganancias. Por eso, aunque parece un tema laboral, también se cruza con temas fiscales. #SAT #Fiscal #Contabilidad Y justo por eso en mis redes trato de explicar estos temas sin tanto rollo raro, para que cualquier persona pueda entender qué le toca, cuándo le toca y por qué le toca. Me encuentras como El Conta Conta, donde hablamos de impuestos, derechos laborales y obligaciones fiscales en palabras simples. Aquí te dejo mi Linktree por si quieres seguirme: linktr.ee/ElContaConta Ahora bien, si en tu trabajo te dicen: “aquí no damos utilidades”, “todavía no sabemos”, “luego les avisamos”, “no hubo ganancias”, o “eso no aplica”… No te quedes solamente con lo que te dijeron de palabra. Pregunta, revisa y, si tienes dudas, acércate a la autoridad laboral para que te orienten. Porque en temas de #LeyFederalDelTrabajo y #STPS, más vale informarse bien que quedarse con el clásico “así se ha hecho siempre”. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social también ha recordado que los patrones deben cumplir con el pago de utilidades dentro de los plazos establecidos. La idea es sencilla: Si hubo ganancias y tú tienes derecho a participar en ellas, la empresa debe cumplir. Así que, mi conta, no lo veas como un favor. La PTU es parte de tus derechos como trabajador. Y si eres patrón, también hay que ponerse las pilas, porque no pagar utilidades cuando corresponde puede traer problemas y sanciones. #Patrones #Trabajadores #Impuestos Fundamento general: Ley Federal del Trabajo, artículos 117 al 131.
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Apenas chilló la rata y siento que esta quincena ya no la book (ya no la libro)
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¿Trabajar menos y ganar más? Suena hermoso… pero no funciona por magia. La jornada laboral de 40 horas sí podría ayudar a mejorar salarios y empleo en México, pero hay un detalle que muchos no están diciendo: la clave no está solo en bajar horas, sino en subir productividad. Porque si una empresa reduce la jornada, pero cubre todo con horas extra, el costo de la nómina se dispara y el beneficio se pierde. Pero si se organiza mejor, usa tecnología, elimina tiempos muertos y mejora procesos, entonces sí puede pasar algo interesante: trabajar menos horas, producir mejor y tener mejores condiciones laborales. En pocas palabras: Las 40 horas pueden ser una oportunidad… o un problema caro. Todo depende de si México las implementa con planeación o solo con buenas intenciones. Porque trabajar menos no debe significar producir menos. Debe significar trabajar mejor. #JornadaLaboral #40Horas #Mexico #TrabajoDigno #Productividad #Empleo #Salarios #EconomiaMexicana #ElContaConta #MisContas
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Esta temblandoooooo
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Guapo, nalgón, piernón, y un par de miles en la cuenta bancaria. Todo eso me falta.
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Si me quieres? O solo quieres que te presente gratis tu declaración de impuestos.
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Una lavadita al conta movil
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Mis contas, que se hace hoy?
50% Todo pa' el lunes
0% Cierre de mes
0% Nómina
50% Últimas anuales
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Pero qué lunes tan pesao. Ya que sea viernes.
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¿Sueldos y salarios?, esto te puede obligar a presentar declaración anual… aunque creas que no: Si rebasaste $400,000 en el año. Si tuviste dos o más patrones, aunque no hayan sido al mismo tiempo. Si además de tu sueldo obtuviste otros ingresos (honorarios, arrendamiento, actividad empresarial, etc.). Si dejaste de trabajar antes del 31 de diciembre. Si recibiste ingresos del extranjero o de un patrón que no te retuvo ISR. Si obtuviste ingresos por indemnización, jubilación o liquidación. No es opcional. Es obligación fiscal. Y no presentar puede costarte multas, recargos o perder tu saldo a favor. Sígueme aquí: linktr.ee/ElContaConta#DeclaraciónAnual #SAT #Impuestos #Contabilidad #FinanzasPersonales
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